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Duda
Si traslado mercancía de mi propiedad utilizando flotilla propia con distribución entre plantas, ¿debo emitir una factura electrónica de tipo traslado con el complemento Carta Porte?
Ambiente
Cross Segmentos - TOTVS Backoffice (Línea Protheus) MI - Facturación (SIGAFAT) - Todas las versiones
Solución
Sí, cuando dicho traslado se realice con sus propios vehículos, se debe emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte.
En caso de que uses tus propios vehículos de carga ligera con características menores a las de un camión tipo “C2”, conforme a lo establecido en la NOM-012-SCT-2-2017 y en el trayecto no transites por algún tramo de carretera federal mayor a 30 kilómetros, podrás emitir la factura electrónica de tipo traslado sin el complemento Carta Porte.
Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8., 2.7.7.2., 2.7.7.3. y 2.7.7.12. de la RMF para 2022
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