Tiempo aproximado de lectura: 5 minutos
Duda
¿Cómo se calcula la percepción de Ingresos Brutos para la provincia de Santa Fe cuando se utiliza la modalidad de acumulado diario de facturación, considerando el límite definido y la base imponible de los comprobantes registrados durante el día?
Entorno
Cross Segmentos - TOTVS BackOffice (Línea Protheus) - MI - Fiscal (SIGAFIS) - A partir de la versión 12.1.2410.
Solución
Para calcular la percepción de Ingresos Brutos correspondiente a Santa Fe mediante la modalidad de acumulado diario de facturación, se deben considerar el tipo de límite configurado, el valor establecido como límite y la suma de las bases imponibles de los comprobantes considerados en el acumulado del día.
Configuración del escenario:
- Cal. Límite (FF_TPLIM): 4 - Acumulado Diario de Facturación.
- Límite (FF_LIMITE): 100,00.
- Alícuota de percepción: 1,5 %.
Ejemplo 1. Primer comprobante
Base imponible: 100,00.
Alícuota: 1,5 %.
Límite configurado: 100,00.
En este primer comprobante, la base imponible es igual al límite configurado. De acuerdo con el comportamiento descrito para este escenario, al no superar dicho límite, no corresponde calcular la percepción de Ingresos Brutos para Santa Fe. Por lo tanto, el impuesto IBK queda en cero.
Cálculo del valor bruto:
Base imponible + IVA + percepción de IIBB.
100,00 + 21,00 + 0,00 = 121,00.
Resultado del primer comprobante:
- Base imponible: 100,00.
- IVA: 21,00.
- Percepción de IIBB (IBK): 0,00.
- Valor bruto: 121,00.
Ejemplo 2. Segundo comprobante
Base imponible del comprobante: 100,00.
Alícuota: 1,5 %.
Al registrar el segundo comprobante, el sistema debe considerar el acumulado diario de las bases imponibles de ambos comprobantes.
Cálculo del acumulado:
100,00 + 100,00 = 200,00.
Como resultado, la base imponible acumulada del día es de 200,00, superando el límite configurado de 100,00.
Para este escenario, el cálculo de la percepción se realiza utilizando la base imponible acumulada:
Base imponible acumulada × (Alícuota / 100) = Valor del impuesto (IBK).
200,00 × (1,5 / 100) = 3,00.
El valor de la percepción de Ingresos Brutos es de 3,00.
Cálculo del valor bruto del segundo comprobante:
100,00 + 21,00 + 3,00 = 124,00.
Resultado del segundo comprobante:
- Base imponible del segundo comprobante: 100,00.
- Base imponible acumulada: 200,00.
- IVA del segundo comprobante: 21,00.
- Percepción de IIBB (IBK): 3,00.
- Valor bruto del segundo comprobante: 124,00.
Consideración importante
En la modalidad de acumulado diario de facturación, no se debe evaluar únicamente la base imponible del comprobante que se está registrando. También es necesario considerar la base imponible acumulada de los comprobantes del día para determinar si se supera el límite configurado.
En el escenario presentado, el primer comprobante no genera percepción porque su base imponible es igual al límite. Al registrar el segundo comprobante, el acumulado alcanza los 200,00 y se calcula una percepción de 3,00 sobre dicha base acumulada, conforme al comportamiento descrito.
La configuración del límite y la alícuota debe verificarse para la provincia y el escenario fiscal correspondiente.
País: Argentina.
Provincia: Santa Fe.
0 Comentarios