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Duda
¿Cómo realizo la instalación e importación del archivo RG830-2000?
Ambiente
Cross Segmentos - TOTVS Backoffice (Linha Datasul) - Cuentas por Pagar (APB) – A partir de la versión Totvs12.
Solución
En esta liberación fue aplicada la funcionalidad del cálculo del impuesto para atender a la Resolución General 830/2000 publicada el 28/04/2000 con actual vigencia.
A travéz de esas reglas fueron establecidos régimenes de retención y pago del impuesto de ganancias sobre diferentes categorías. La retención en fuente será aplicada respecto de los importes indicados en el artículo 1 de la presente resolución, en el momento del pago, distribución y liquidación o reembolso del valor al concepto sujeto de la retención que fue echa.
Como punto principal, la ley establece que están sujetos al presente regímen de retención al impuesto de ganancias, los importes correspondientes a los conceptos indicados en el Anexo II, así como en caso de los ajustes, intereses y actualizaciones, siempre que los mismos correspondan a beneficiarios del país y se encuentren exentos o excluídos del ámbito de aplicación del citado gravámen.
El proceso para realizar la importación del archivo RG830n1.txt liberado por el AFIP - Administración Federal de Ingresos Públicos corresponde a la funcionalidad: Impuesto a las Ganancias - Régimen de Retención para determinadas ganancias. Régimen excepcional de Ingresos. Resolución General N* 2784 (DGI), sus modificaciones y complementares. Resolución General N* 2793 (DGI), sus modificaciones y complementares.
Pasos a ejecutar:
1 - Ejecutar el programa BTB/BTB982.r - Ejecuta Setup Localización para la Localización Argentina, seleccionando el archivo LAR5SETUP.XML

2 - La importación del archivo liberado por el AFIP debe ser realizado desde el programa LAR740VA - Importación de Resoluciones Especiales y seleccionar la opción RG-830/2000 AFIP.

3 - Realizar la importación del archivo RG830n1.txt Exclusión - Retención de Impuesto a las Ganancias emitido por el AFIP - Es posible obtenerlo mediante el siguiente site: http://www.afip.gob.ar/genericos/rg830/
4 - Finalizado el proceso de importación, será generado un reporte en la pantalla indicado los clientes y proveedores que fueron importados y serán cargadas las correspondientes resoluciones especiales, como también aquellos que se encontraron en el registro del Sistema y poseen resolución especial registrada en el archivo importado, pero no tiene impuesto relacionado.
5 - En el caso de tener un proveedor registrado en el Sistema y al momento se corresponde con un cuit importado, será creada la correspondiente Resolución Especial en el programa LAR052AA - Resolución Especial Vinculada al Proveedor.

En el caso de pagos generados a proveedores, se altera el programa LAR052AA. El mismo incluye la opción Ret. Impuestos Gcias en el combo-box Cálculo, opción utilizada para cumplir con lo que fue indicado en la Resolución General 830/2000 AFIP.

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