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Duda
¿Cuales son los contribuyentes obligados a la emisión de CFDI complemento Carta Porte?
Entorno
Cross Segmentos - TOTVS Backoffice (Linea Protheus) - MI - Facturación (SIGAFAT) - A partir de la versión 12.1.2310
Solución
Quienes realicen el traslado de bienes y/o mercancías, ya sea porque se dedican a prestar el servicio de transporte o simplemente requieren mover sus bienes y/o mercancías de un lugar a otro, en territorio nacional.
Traslado de hidrocarburos o petrolíferos.
Transporte de medicamentos.
Residentes en territorio nacional y/o extranjeros con establecimiento permanente, que efectúen el cruce de aduana para entrada, salida o tránsito de bienes y/o mercancías dentro del territorio nacional.
Vehículos que excedan los pesos y dimensiones de un camión tipo C2 de conformidad con la NOM-012-SCT-2-2017 o la que la sustituya. (Autotransporte).
Cuando la distancia que se recorre en tramos de jurisdicción federal exceda 30 km, desde el origen inicial hasta el destino final, incluyendo puntos intermedios. (Autotransporte).
Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A.
Resolución Miscelánea Fiscal vigente:
Sección 2.7.7. De la expedición de CFDI con complemento Carta Porte.
Subsección 2.7.7.1. Disposiciones generales, reglas: 2.7.7.1.1., 2.7.7.1.2., 2.7.7.1.3., 2.7.7.1.4. y 2.7.7.1.5.
Subsección 2.7.7.2. Sector autotransporte, reglas: 2.7.7.2.1. a 2.7.7.2.9.
Subsección 2.7.7.3. Transporte marítimo, reglas: 2.7.7.3.1. a 2.7.7.3.4.
Reglas Generales de Comercio Exterior vigente, reglas: 1.9.11., 2.4.2., 2.4.3., 2.4.12., 3.1.15., 3.1.32., 3.1.33. y 4.6.8.
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