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Duda
¿Cuál es el procedimiento de nomina VAC - Vacaciones para el país Colombia?
Ambiente
TOTVS RH - TOTVS RH (Línea Protheus) - MI - Gestión de Personal (SIGAGPE) - Versión 12
Solución
Existen tres formas de calcular las vacaciones:
| 1. | Por el proceso de Cálculo de Vacaciones. |
| 2. | Por el proceso de Planilla de Haberes. |
| 3. | Ambos citados, dependiendo de la fecha. |
Cuando la empresa escoge el pago de las vacaciones en un proceso separado de la planilla, este deberá reflejarse en el próximo cálculo de la planilla de haberes, pues deberá utilizar las bases para el cálculo de Impuesto de Renta, Seguridad Social y Aportes.
Algunas empresas traen esta información para la planilla con todos los conceptos generados en las vacaciones y genera el líquido inverso, solo para demostrar los pagos, mientras otras utilizan solo las bases de cálculo para cómputo de los impuestos.
Para el pago mixto, ocurrirá principalmente en empresas que pagan de forma mensual, pues depende de la fecha en que el empleado salga, para escoger el tipo de cálculo.
Vea todos los cálculos, en detalles:
Vacaciones Disfrutadas:
Para las vacaciones disfrutadas, calcule el salario de la siguiente forma:
Salario Básico o Integral (100%) + promedio de los últimos 12 meses (año) sobre la fecha de inicio (meses completos) de las vacaciones (campo de parámetros en Registro de Conceptos).
Vacaciones Compensadas/Dinero:
Para las vacaciones Compensadas/Dinero, calcule el salario de la siguiente forma:
Salario Básico o Integral (100%) + promedio de los últimos 12 meses (año) sobre la fecha de inicio (meses completos) de quien constituyen salarios (campo de parámetros en el Registro de Conceptos – forma parte de salarios)
Salarios trabajados:
Divida el valor del salario por 30 días y multiplique por los días trabajados.
Auxilio Transporte
Divida el valor de auxilio por 30 días y multiplique por los días trabajados.
Verifique si la empresa paga el auxilio al empleado cuando esté de vacaciones.
Impuesto para Salud/Pensión/Fondo de Solidariedad de Pensión
Para calcular los impuestos de Salud/Pensiones aplique el porcentaje de 4%.
La base de cálculo para cómputo de los impuestos deberá calcularse de forma diferente para los días trabajados en el período y los días de vacaciones disfrutadas.
Las vacaciones Compensadas/Dinero solo forman parte para la base de cálculo de para-fiscales (ICBF, SENA, Caja de Compensación).
Base para los días trabajados:
Considere todos los conceptos que forman el salario del empleado en este período y para el salario básico, calcule la proporción de los días trabajados.
Base para los días disfrutados:
Utilice la base del mes anterior a la fecha de inicio de las vacaciones y haga la proporción a los días de vacaciones.
Solo los días bases y aplique el porcentaje de los impuestos.
Para el fondo de solidaridad pensional, considere la Tabla de Techos.
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Procedimiento para calcular las vacaciones:
| 1. |
En Gestión de Personal, acceda al Archivo de Conceptos, verifique si está registrado el Identificador de Cálculo 1241 - Vacaciones Pagadas. |
| 2. |
En Archivo de Tipos de Ausencia, registre un tipo de ausencia cuyo campo Tp. Ausencia esté definido con 2 - Ausencia con Pago. |
| 3. |
En Archivo de Ausencias, registre una nueva Ausencia para el empleado deseado e informe el Tipo de Ausencia definido como 2 - Ausencia con Pago. |
| 4. |
En Cálculo de la Planilla de Haberes por Procedimiento, informe los parámetros de acuerdo con la orientación del help de campo y confirme para calcular la Planilla de Haberes del empleado que obtuvo la Ausencia registrada anteriormente. |
| 5. |
En la Consulta de Recibo de Pago, verifique los valores calculados para los empleados. |
| 6. |
En el Cierre por Período, informe los parámetros de acuerdo con la orientación del help de campo, luego confirme para ejecutar el Cierre del Período para el cual el empleado obtuvo la Ausencia registrada anteriormente. |
| 7. |
En Archivo de Control de Prima Vacacional, verifique la actualización del campo Vacaciones Pagadas. |
Conozca más:
Para consultar la información contenida en nuestro banco de conocimientos, acceda al siguiente enlace:
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